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Au pair en España siendo latino: por qué no puedes y qué hacer

Por Equipo Emigra España Publicado: Actualizado: 6 min de lectura
Au pair en España siendo latino: por qué no puedes y qué hacer
En resumen: Si hablas español nativo, casi ninguna agencia de au pair en España te va a aceptar. Te explicamos el motivo real y la alternativa legal que sí funciona: el visado de estudios con 30 horas de trabajo a la semana.

Si eres colombiano, mexicano, argentino, peruano o de cualquier país hispanohablante de América Latina, la respuesta corta es esta: no puedes venir a España como au pair. No es un rumor ni un problema de "poca demanda de familias". Es un límite legal que nace de cómo España tramita esta figura, y conviene que lo entiendas bien antes de perder tiempo y dinero en gestiones que no van a prosperar.

Aquí te explicamos el porqué exacto, con la norma en la mano, y sobre todo qué alternativas reales tienes si tu plan es vivir una temporada en España.

Por qué la vía au pair te cierra la puerta

En España, ser au pair no tiene un visado propio. Se tramita como una estancia de larga duración por estudios, regulada por el Real Decreto 1155/2024, el Reglamento de Extranjería en vigor desde el 20 de mayo de 2025 (BOE-A-2024-24099). Dentro de esa categoría, la colocación au pair se encaja como una "actividad formativa" cuyo contenido, en la práctica, es un curso de idioma.

Y ahí está el problema. Las Instrucciones SEM 3/2025 sobre autorizaciones de estancia por estudios, publicadas por la Secretaría de Estado de Migraciones (Instrucciones SEM 3/2025), exigen algo muy concreto: la lengua o lenguas en las que te matricules deben ser diferentes de tu lengua materna y de la lengua oficial de tu país de nacionalidad.

Si tu lengua materna es el español, no puedes matricularte en un curso de "español para extranjeros" para justificar la estancia. Legalmente, no eres un extranjero aprendiendo español: eres un hablante nativo. Sin ese curso de idioma, no hay actividad formativa que sostenga la autorización, y sin autorización, no hay visado au pair.

No es un vacío legal que se pueda "arreglar" con papeleo. Fuentes especializadas en colocación au pair como AuPairWorld lo advierten de forma explícita a las familias españolas: un au pair de un país latinoamericano con el español como lengua oficial "no podrá trabajar como au pair en España, porque no puede solicitar el visado de estudiante español". Es la misma norma vista desde el otro lado.

¿Y si buscas un curso "de idiomas" distinto al español?

No sirve. La estancia au pair en España se construye sobre un curso de español (normalmente de al menos 20 horas semanales en un centro acreditado, como los reconocidos por el Instituto Cervantes). Matricularte en inglés o en otro idioma no encaja con el perfil de la plaza au pair que ofrecen las familias españolas, que buscan precisamente que curses español. Es un callejón sin salida diseñado así a propósito: la figura au pair-estudiante de idioma solo tiene sentido si el idioma es realmente nuevo para ti.

Alternativas reales para venir a España

La buena noticia es que "no puedes ser au pair" no significa "no puedes venir". Tienes otras vías, todas con base en el mismo RD 1155/2024 o en otras normas de extranjería. Estas son las que de verdad están a tu alcance:

  • Estancia por estudios con otra formación reglada. Si te matriculas en una Formación Profesional, un grado universitario, un máster o cualquier curso no lingüístico impartido en un centro reconocido, el requisito de "lengua distinta a la materna" no aplica, porque no estás estudiando un idioma: estás estudiando una materia. Esta vía sí está abierta a hispanohablantes.
  • Visado de búsqueda de empleo. El RD 1155/2024 lo regula, pero no es universal: solo pueden acceder los hijos o nietos de español de origen, o quienes vayan a buscar trabajo en ocupaciones del Catálogo de Ocupaciones de Difícil Cobertura que elabora el SEPE trimestralmente (construcción, transporte marítimo, hostelería, sanidad, TIC, entre otras). Da hasta 12 meses de estancia para buscar empleo o montar un proyecto, pero conviene comprobar antes si encajas en alguno de esos dos supuestos.
  • Otras vías de residencia del catálogo general. Arraigo (si ya llevas tiempo en España de forma irregular), autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena con oferta previa, reagrupación familiar si tienes un familiar residente legal, o residencia por cuenta propia si vas a emprender. Cada una tiene sus propios requisitos y no dependen de tu lengua materna.
Vía¿Cerrada para hispanohablantes?Motivo
Au pair (estudios, curso de español)El idioma cursado no puede coincidir con tu lengua materna
Estudios (FP, universidad, curso no lingüístico)NoNo hay requisito de idioma distinto a la lengua materna
Búsqueda de empleoNo, pero es limitadaSolo para descendientes de español o ciertas ocupaciones del SEPE
Arraigo, trabajo, reagrupaciónNoDependen de tu situación personal, no del idioma

Requisitos generales de la estancia por estudios (cualquier formación válida): admisión en un centro reconocido, medios económicos suficientes para tu manutención y el regreso, y un seguro médico privado completo (sin copagos ni carencias) que cubra toda la estancia en España, según establece el RD 1155/2024. Si tu estancia supera los seis meses, también te pedirán certificado de antecedentes penales y certificado médico.

Tu próximo paso

Olvídate de buscar familia au pair en España: por tu lengua materna, esa puerta está cerrada por norma, no por mala suerte. En su lugar, identifica un centro de FP, universidad o curso no lingüístico que te admita, y solicita cita en el consulado español de tu país para pedir el visado de estancia por estudios con esa matrícula como base. Es la vía equivalente que sí funciona para un hispanohablante y te permite vivir en España con papeles en regla desde el primer día.

Aviso: Este articulo es informativo y no constituye asesoramiento legal. La normativa puede cambiar. Consulta siempre fuentes oficiales y, si tu caso es complejo, busca un abogado de extranjeria.

ℹ️ La información de esta web es orientativa y de carácter general. No constituye asesoramiento jurídico. Para tu caso concreto, consulta con un abogado especializado en extranjería o con la oficina oficial correspondiente. Emigra España nunca aconseja actuar fuera de la legalidad.