📄 VISADO

Visado de estudios

Guía completa del visado de estudios en España: permite trabajar 30h/semana, documentos, proceso y cómo modificar a residencia. Actualizado 2026.

Ingresos mínimos 600,53 €/mes (100% IPREM 2026)
Duración inicial Duración del curso (máx. 1 año, renovable)
Tiempo resolución 1-2 meses
¿Permite trabajar? ✓ Sí
¿Con familia? ✓ Sí
Tasa 2026 Modelo 790 código 052: 38,28€

💡 No cuenta como residencia legal a efectos de residencia permanente ni nacionalidad, salvo modificación posterior a residencia y trabajo.

📋 Hasta 30 horas semanales, compatible con los estudios

Proceso paso a paso

La solicitud se presenta en el consulado de España del país de residencia una vez obtenida la admisión en el centro de estudios.

1
Obtener admisión en centro español
Solicitar plaza en universidad, máster o centro de formación autorizado. Obtener carta de admisión oficial.
⏱️ 1-3 meses
2
Reunir documentación
Preparar todos los documentos. Apostillar y traducir los extranjeros. Acreditar medios económicos.
⏱️ 2-4 semanas
3
Solicitar cita en consulado
Pedir cita en el consulado de España. Presentar solicitud con toda la documentación.
⏱️ 1-4 semanas
4
Resolución
El consulado resuelve la solicitud. Plazo legal de 1 mes (puede extenderse a 2 meses en la práctica).
⏱️ 1-2 meses
5
Recoger visado y viajar
Recoger el visado y entrar en España antes del inicio del curso.
⏱️ 1-2 semanas
6
Solicitar TIE
Solicitar la TIE en la oficina de extranjería en el plazo de 1 mes. Pagar tasa Modelo 790 código 012 (16,08€).
⏱️ 1 mes desde la llegada
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Errores que llevan a la denegación

⚠️ Matricularse en un curso online o no presencial

Consecuencia: Denegación del visado. Los cursos deben ser presenciales.

Solución: Asegurarse de que el centro y el curso están autorizados y son presenciales.

⚠️ Trabajar más de 30 horas semanales

Consecuencia: Infracción que puede llevar a la revocación del permiso

Solución: Respetar el límite de 30h/semana y asegurarse de que el trabajo es compatible con el horario de estudios.

⚠️ Pensar que el visado de estudios conduce automáticamente a residencia

Consecuencia: Al terminar los estudios se pierde el derecho de estancia

Solución: Antes de terminar los estudios, solicitar la modificación a autorización de residencia y trabajo si se tiene oferta laboral. Trámite: modificación de estancia por estudios a residencia y trabajo (art. 199 RD 557/2011).

⚠️ Matricularse en un centro no reconocido oficialmente

Consecuencia: Denegación del visado

Solución: Verificar que el centro está en el Registro Estatal de Centros Docentes No Universitarios o es una universidad oficial.

Fuentes oficiales

🔗 Ley Orgánica 4/2000 de derechos y libertades de los extranjeros → 🔗 Reglamento LOEX - RD 557/2011 → 🔗 Ministerio de Universidades → 🔗 Ministerio de Asuntos Exteriores - Visados → 🔗 Sede electrónica Policía Nacional - Cita TIE →

Última actualización: 2026-04-15

ℹ️ La información de esta web es orientativa y de carácter general. No constituye asesoramiento jurídico. Para tu caso concreto, consulta con un abogado especializado en extranjería o con la oficina oficial correspondiente. Emigra España nunca aconseja actuar fuera de la legalidad.