Diccionario de trámites en España
Todos los términos de extranjería explicados en lenguaje sencillo. Sin jerga legal, sin tecnicismos. Para que entiendas qué te piden y qué significa cada cosa.
Tarjeta de Identidad de Extranjero
La tarjeta física que te da España para acreditar que eres residente legal. Es como el DNI de los españoles, pero para extranjeros. La necesitas para trabajar, abrir una cuenta bancaria, firmar un contrato de alquiler y casi todo lo que implique identificarte oficialmente. Se tramita en la policía nacional una vez que te han aprobado la residencia.
Web oficial →Número de Identidad de Extranjero
Un número que España te asigna para identificarte en todos los trámites. Empieza por X, Y o Z seguido de 7 números y una letra. Lo necesitas para todo: contratos, banco, Hacienda, Seguridad Social. No es lo mismo que la TIE (la tarjeta física). El NIE es solo el número y te lo pueden dar incluso antes de tener la residencia.
Web oficial →Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples
Es la cantidad de dinero que el gobierno usa como referencia para decidir si tienes derecho a ayudas, becas o vivienda social. Muchos trámites de extranjería dicen cosas como «debes demostrar ingresos de X veces el IPREM». En 2026 son unos 600 euros al mes. Si ganas más que eso, cumples el requisito económico de muchos permisos.
Web oficial →Salario Mínimo Interprofesional
El sueldo mínimo que una empresa puede pagarte legalmente en España. Si trabajas a jornada completa, no pueden pagarte menos que esto. Se actualiza cada año. Lo necesitas saber porque muchos permisos de residencia exigen que tu oferta de trabajo sea al menos el SMI. También es la base para calcular el mínimo del visado de nómada digital.
Web oficial →Servicio Público de Empleo Estatal
La oficina pública de empleo de España. Aquí te inscribes como demandante de empleo (lo que se llamaba «ir al paro»). Si tienes permiso de trabajo y pierdes tu empleo, aquí tramitas la prestación por desempleo. También ofrecen cursos de formación gratuitos y bolsa de trabajo. Necesitas NIE y autorización de trabajo para inscribirte.
Web oficial →Boletín Oficial del Estado
El periódico oficial del gobierno de España donde se publican todas las leyes, decretos y normativas. Si cambian los requisitos de un visado, el SMI o las tasas, se publica aquí. Es como la Gaceta Oficial en Venezuela o el Diario Oficial en Colombia. Puedes consultarlo gratis por internet.
Web oficial →Empresa Nacional de Innovación
Una entidad pública que da préstamos a emprendedores para montar negocios en España. Si tienes visado de emprendedor o quieres montar una startup, ENISA puede prestarte entre 25.000 y 300.000 euros en condiciones muy favorables. No piden avales personales. Es de las mejores opciones de financiación pública para nuevos negocios.
Web oficial →Régimen Especial de Trabajadores Autónomos
El sistema de la Seguridad Social para los que trabajan por su cuenta (autónomos). Si montas un negocio o trabajas como freelance en España, tienes que darte de alta aquí y pagar una cuota mensual. En 2026 hay una tarifa plana de 80 euros al mes durante el primer año para nuevos autónomos. Después pagas según lo que ganes.
Web oficial →Agencia Estatal de Administración Tributaria
Hacienda. La agencia de impuestos de España. Aquí haces la declaración de la renta (IRPF), pides el certificado de residencia fiscal y tramitas tu número de identificación fiscal. Si trabajas en España, estás obligado a declarar tus ingresos cada año entre abril y junio.
Web oficial →Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
El impuesto que pagas sobre lo que ganas trabajando en España. Te lo retienen cada mes de tu nómina (un porcentaje que depende de cuánto ganes) y al año siguiente haces la declaración para ajustar cuentas con Hacienda. Si te retuvieron de más, te devuelven. Si te retuvieron de menos, pagas la diferencia. Los nómadas digitales pueden acogerse a un régimen especial (Ley Beckham) que fija el tipo al 24%.
Arraigo
Una forma de conseguir permiso de residencia si llevas tiempo viviendo en España sin papeles. Hay varios tipos: arraigo social (3 años en España + contrato de trabajo), arraigo sociolaboral (2 años + relación laboral demostrable) y arraigo socioformativo (2 años + hacer un curso de formación). Es la principal vía de regularización para personas en situación irregular.
Web oficial →Empadronamiento
Registrarte en el ayuntamiento de la ciudad donde vives. Es el trámite más básico y el primero que debes hacer al llegar a España. Con el empadronamiento puedes acceder a la sanidad pública, escolarizar a tus hijos y empezar a acumular tiempo de permanencia para el arraigo. Se puede hacer aunque estés en situación irregular. Es gratuito y obligatorio por ley.
Apostilla de La Haya
Un sello oficial que se pone en tus documentos (títulos, antecedentes penales, actas de nacimiento) para que tengan validez legal en España. Se tramita en tu país de origen ANTES de venir. Sin apostilla, tus documentos no sirven para nada aquí. Es diferente de la traducción jurada: primero apostillas, luego traduces. En la mayoría de países latinoamericanos se hace en el Ministerio de Relaciones Exteriores.
Traducción jurada
Una traducción oficial de tus documentos hecha por un traductor autorizado por el Ministerio de Asuntos Exteriores de España. Si tus documentos están en un idioma distinto del español, necesitas traducción jurada para que tengan validez legal. Ojo: no vale cualquier traducción, tiene que ser un traductor jurado oficial. Se puede hacer en España o en tu país.
Modelo 790 (Tasa de extranjería)
El formulario que usas para pagar las tasas de extranjería. Cada trámite tiene un código diferente (012 para el NIE/TIE, 052 para arraigo, 026 para nacionalidad). Lo rellenas online, lo imprimes y lo pagas en cualquier banco. Sin el justificante de pago no te hacen el trámite. Guarda siempre el resguardo original.
Web oficial →Silencio administrativo
Cuando la administración no te contesta dentro del plazo legal, se entiende que tu solicitud está aprobada (silencio positivo) o denegada (silencio negativo), dependiendo del trámite. En extranjería, si pasan 3 meses desde que presentaste tu solicitud de residencia y no has recibido respuesta, generalmente se considera denegada (silencio negativo). Pero puedes recurrir.
Subsanación
Cuando la administración te pide que corrijas o completes documentos de tu solicitud. Tienes 10 días hábiles para presentar lo que falta. Si no lo haces en ese plazo, te archivan el expediente y pierdes todo. Es MUY importante leer bien el requerimiento de subsanación y responder rápido. Si no entiendes qué te piden, busca ayuda en un CEPI o con un abogado de extranjería.