📄 VISADO

Tarjeta Azul UE (EU Blue Card)

Guía completa de la Tarjeta Azul UE en España: salario mínimo 46.000€/año, titulación superior, movilidad europea y proceso. Actualizado 2026.

Salario mínimo 46.080 €/año bruto (1,5x salario medio nacional)
Duración inicial 2 años (o duración del contrato + 3 meses)
Tiempo resolución 1-3 meses
¿Permite trabajar? ✓ Sí
¿Con familia? ✓ Sí
Tasa 2026 Modelo 790 código 052: 38,28€

💡 Permite movilidad dentro de la UE tras 12 meses.

Proceso paso a paso

La empresa o el profesional solicita la autorización. Una vez concedida, se recoge el visado en el consulado.

1
Obtener oferta de empleo cualificado
Conseguir contrato con empresa española con salario bruto anual mínimo de 46.080€ en puesto de alta cualificación.
⏱️ Variable
2
La empresa solicita la autorización
La empresa presenta la solicitud ante la Delegación de Gobierno. Incluye contrato, justificación del puesto y documentación de la empresa.
⏱️ 1 día
3
Resolución
Resolución en plazo de 1-3 meses. Silencio administrativo negativo.
⏱️ 1-3 meses
4
Solicitar visado en el consulado
Con la resolución favorable, el profesional solicita el visado en el consulado de España de su país.
⏱️ 1-2 meses
5
Entrada en España, alta en SS y TIE
Entrar en España. La empresa da de alta en la Seguridad Social. El trabajador solicita la TIE en 1 mes. Tasa 16,08€.
⏱️ 1 mes
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Errores que llevan a la denegación

⚠️ Contrato con salario por debajo de 46.080€/año bruto

Consecuencia: Denegación automática

Solución: Negociar con la empresa un salario que cumpla el mínimo. El salario debe ser bruto anual, no neto.

⚠️ Título universitario sin homologar

Consecuencia: Denegación o retraso

Solución: Iniciar la homologación del título ante el Ministerio de Educación lo antes posible. El proceso puede tardar 6-12 meses.

⚠️ Contrato para puesto que no requiere alta cualificación

Consecuencia: Denegación por no cumplir requisito de cualificación profesional

Solución: El puesto debe requerir titulación superior. Puestos administrativos, comerciales o de baja cualificación no son elegibles.

Fuentes oficiales

🔗 Ley Orgánica 4/2000 de derechos y libertades de los extranjeros → 🔗 Directiva UE 2021/1883 (Blue Card) → 🔗 Reglamento LOEX - RD 557/2011 → 🔗 Ministerio de Inclusión, SS y Migraciones → 🔗 Homologación de títulos - Ministerio de Educación →

Última actualización: 2026-04-15

ℹ️ La información de esta web es orientativa y de carácter general. No constituye asesoramiento jurídico. Para tu caso concreto, consulta con un abogado especializado en extranjería o con la oficina oficial correspondiente. Emigra España nunca aconseja actuar fuera de la legalidad.