La regularización extraordinaria de 2026 ya no admite solicitudes
Este cuestionario servía para saber en dos minutos si podías acogerte a la regularización extraordinaria del RD 316/2026. Su plazo cerró el 30 de junio de 2026 y no hubo prórroga, así que la respuesta hoy sería «no» para cualquiera: ya no se admiten solicitudes nuevas. Preferimos decírtelo antes que hacerte contestar cinco preguntas para llegar a lo mismo.
Lo que sí sigue abierto
- Si presentaste tu solicitud en plazo, tu expediente sigue su tramitación normal.
- El arraigo, que no tiene fecha de cierre. Pide dos años de permanencia continuada en España —no tres— y el arraigo familiar no exige ninguna permanencia mínima (art. 126.b del RD 1155/2024). Ver guía del arraigo social →
- Si tienes una solicitud de asilo en trámite, el arraigo todavía no es tu vía: el art. 126.a exige no tener la condición de solicitante de protección internacional al presentar la solicitud ni durante su tramitación, y ese tiempo tampoco computa para los dos años.
- Ver todos los visados de residencia →
El Ministerio publica también su propio simulador oficial en inclusion.gob.es. Ambos son cuestionarios orientativos complementarios; ninguno garantiza la resolución final.