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Familiar de ciudadano español

Nueva tarjeta para familiares de españoles desde mayo 2025 (RD 1155/2024): trabajo inmediato, nacionalidad en 1 año para cónyuges, hijos hasta 26 años. Guía completa.

Ingresos mínimos No se exigen al familiar (el ciudadano español acredita medios)
Duración inicial 5 años
Tiempo resolución 1-3 meses
¿Permite trabajar? ✓ Sí
¿Con familia? ✗ No
Tasa 2026 Tasa TIE (16,08€)

💡 Novedad RELOEX mayo 2025: el ciudadano español es quien inicia el proceso. El familiar puede trabajar desde el día de presentación de la solicitud. Cónyuges pueden solicitar nacionalidad española tras 1 año de residencia.

📋 Permite trabajar por cuenta ajena y propia desde el mismo día de la solicitud.

Proceso paso a paso

El ciudadano español inicia el trámite en la Oficina de Extranjería de su provincia de residencia.

1
El ciudadano español reúne la documentación
El español prepara: su DNI, pasaporte del familiar, prueba de vínculo (matrimonio, nacimiento), empadronamiento conjunto y formulario EX-24.
⏱️ 1-2 semanas
2
Solicitar cita en Extranjería
El ciudadano español solicita cita en la Oficina de Extranjería. Es el español quien presenta la solicitud, no el familiar.
⏱️ 1-4 semanas
3
Presentar solicitud (EX-24)
Presentar el formulario EX-24 con toda la documentación. Desde este momento el familiar ya tiene derecho a trabajar en España.
⏱️ 1 día
4
Resolución
Resolución en plazo de 3 meses. Si no hay resolución expresa, el silencio administrativo es positivo.
⏱️ 1-3 meses
5
Recoger tarjeta TIE
Una vez concedida, el familiar recoge su TIE de 5 años. Esta tarjeta acredita residencia y trabajo en España.
⏱️ 2-4 semanas
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Errores que llevan a la denegación

⚠️ Solicitar régimen comunitario (EX-19) en vez de familiar de español (EX-24)

Consecuencia: Tramitación incorrecta — se pierde la ventaja de trabajo inmediato y nacionalidad acelerada

Solución: Si tu familiar es ESPAÑOL, usa siempre el formulario EX-24 (familiar de español), no el EX-19 (familiar de ciudadano de la UE). Son regímenes diferentes.

⚠️ Que el familiar (no español) presente la solicitud en vez del ciudadano español

Consecuencia: Posible rechazo de la solicitud

Solución: El ciudadano español es quien debe iniciar y presentar la solicitud. El familiar acompaña para la toma de huellas.

⚠️ Solicitar para hijos mayores de 26 años sin acreditar dependencia

Consecuencia: Denegación

Solución: El RELOEX amplía a hijos hasta 26 años. Para mayores de 26, deben acreditar dependencia económica del ciudadano español.

⚠️ No acreditar convivencia con el ciudadano español

Consecuencia: Denegación o requerimiento de subsanación

Solución: Empadronarse en el mismo domicilio que el ciudadano español antes de presentar la solicitud.

Fuentes oficiales

🔗 Real Decreto 1155/2024 (RELOEX) → 🔗 Ley Orgánica 4/2000 (LOEX) → 🔗 Ministerio de Inclusión - Familiares → 🔗 Formulario EX-24 →

Última actualización: 2026-04-13

ℹ️ La información de esta web es orientativa y de carácter general. No constituye asesoramiento jurídico. Para tu caso concreto, consulta con un abogado especializado en extranjería o con la oficina oficial correspondiente. Emigra España nunca aconseja actuar fuera de la legalidad.